Actualizado el 9 de agosto de 2026. El Plan MOVES III ya no admite nuevas solicitudes y el Programa Auto+ cuenta con bases reguladoras publicadas en el BOE. Esta guía separa dos cuestiones que suelen confundirse: la ayuda para comprar el vehículo y las ayudas o deducciones aplicables al punto de recarga. Antes de comprar, verifica el estado del plazo en el portal oficial, porque la disponibilidad depende de la convocatoria y del presupuesto.
El MOVES III ha terminado (para nuevas solicitudes)
El Plan MOVES III, que durante años canalizó las ayudas a la compra de vehículos eléctricos y a la instalación de puntos de recarga, fue prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2025. Desde 2026 ya no admite nuevas solicitudes. Lo único que sigue abierto es la fase de justificación y cobro: si tienes una ayuda MOVES III ya concedida, dispones de plazo para presentar la documentación y recibir el pago; y si tienes un expediente en trámite, el proceso continúa. Pero si quieres pedir la ayuda ahora, el MOVES III ya no es una opción.
El sucesor: el Programa Auto+
El relevo para la compra del vehículo es el Programa Auto+, creado dentro del Plan Auto 2030 y regulado por el Real Decreto 609/2026. La convocatoria de 2026 dispone de 400 millones de euros: 350 millones para particulares y 50 millones para autónomos y empresas. En turismos M1 la ayuda máxima es de 4.500 €, pero la cuantía efectiva se calcula según el grado de electrificación, el precio y determinados criterios de fabricación europea. El máximo no se concede automáticamente a todos los modelos.
La gran novedad: gestión centralizada y descuento directo
El MOVES se tramitaba mediante convocatorias autonómicas. Auto+ utiliza un sistema telemático del Ministerio de Industria y Turismo: puede presentar la solicitud el interesado con firma electrónica o un representante autorizado. El concesionario debe aplicar, cuando corresponda, el descuento comercial mínimo exigido por las bases, pero ese descuento no debe confundirse con la concesión de la subvención pública. Guarda factura, justificante de pago, ficha técnica, permiso de circulación y cualquier declaración requerida para acreditar el modelo.
Estado oficial del plazo y dónde comprobarlo
Las bases reguladoras se publicaron en el BOE el 23 de julio de 2026. El portal de ayudas del Ministerio ya dispone de una ficha específica del Programa Auto+, pero la etiqueta visible del estado y la fecha límite pueden no coincidir en todo momento mientras se activa o actualiza el sistema telemático. La referencia válida para presentar una solicitud es la convocatoria y el acceso habilitado en el portal oficial de ayudas. Si el formulario no aparece disponible, no envíes documentación a webs intermediarias ni des por concedida la ayuda: conserva todos los justificantes y vuelve a consultar el canal oficial.
¿Conviene esperar o comprar ahora?
Para la convocatoria de 2026 pueden ser subvencionables vehículos nuevos matriculados a nombre del beneficiario desde el 1 de enero de 2026 y ciertos vehículos de demostración o seminuevos cuya primera matriculación sea posterior al 1 de enero de 2025, siempre que se cumplan el resto de condiciones. Esto no convierte la ayuda en automática: se concede por orden de presentación hasta que termine el plazo o se agote el crédito. Decide la compra solo si puedes asumir el precio sin contar con una subvención todavía no resuelta.
Importante: el Auto+ no cubre el punto de recarga
Y este es el matiz decisivo para nuestro tema: el Programa Auto+ financia la compra del vehículo, no la instalación de puntos de recarga. A diferencia del MOVES III, que sí incluía una línea de ayuda para cargadores, el Auto+ se centra en el vehículo. Por tanto, si lo que buscas es ayuda para instalar tu punto de recarga doméstico, no la encontrarás en este programa. La buena noticia es que existe otra vía estatal perfectamente vigente para el cargador.
Entonces, ¿qué ayuda hay para el punto de recarga en 2026?
Para la instalación de un punto de recarga doméstico, la vía estatal más clara y vigente en 2026 es la deducción del 15% en el IRPF, que permite deducir hasta 600 € del coste del cargador. La explicamos a fondo en nuestra guía sobre la deducción del IRPF por punto de recarga. Además, según dónde vivas, puede haber ayudas autonómicas específicas, que repasamos en nuestra guía de ayudas autonómicas.
¿Y las ayudas autonómicas que canalizaban el MOVES?
Durante la etapa del MOVES III, eran las comunidades autónomas las que gestionaban y repartían los fondos estatales, cada una con su convocatoria. Con el paso a un modelo centralizado en el Auto+, ese papel cambia para las ayudas al vehículo. Sin embargo, algunas comunidades han mantenido o pueden mantener líneas propias de ayuda, especialmente para puntos de recarga. Por eso, si te interesa una subvención para el cargador, conviene revisar qué ofrece tu comunidad en concreto. Lo desarrollamos en nuestra guía sobre ayudas autonómicas para el punto de recarga.
Resumen práctico
- MOVES III: cerrado a nuevas solicitudes desde 2026; solo queda justificar y cobrar las ayudas ya concedidas.
- Programa Auto+: bases publicadas en el BOE; ayuda máxima de 4.500 € para turismos M1, con cuantía variable según el vehículo y concesión sujeta a convocatoria, orden de solicitud y presupuesto.
- Punto de recarga: el Auto+ no lo cubre; la vía estatal es la deducción del 15% en el IRPF, más posibles ayudas autonómicas.
En resumen, las ayudas al vehículo están en transición hacia el Auto+, mientras que para el punto de recarga la deducción del IRPF es hoy tu mejor aliada. Para la visión completa, consulta la guía del punto de recarga doméstico.
Preguntas frecuentes
¿Sigue activo el Plan MOVES III en 2026?
No para nuevas solicitudes. El MOVES III se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2025 y desde 2026 ya no admite nuevas peticiones. Solo continúa la fase de justificación y cobro de las ayudas ya concedidas o en trámite. Para nuevas compras, el relevo lo toma el Programa Auto+.
¿El Programa Auto+ ayuda a instalar un punto de recarga?
No. El Auto+ financia la compra del vehículo eléctrico, no la instalación de puntos de recarga. Para el cargador doméstico, la vía estatal vigente es la deducción del 15% en el IRPF, que permite deducir hasta 600 €, además de posibles ayudas autonómicas según tu comunidad.
¿Dónde se solicita la ayuda del Auto+?
La solicitud se tramita mediante el sistema telemático del Ministerio de Industria y Turismo, por el interesado o por un representante autorizado. Comprueba que el acceso esté habilitado en el portal oficial y revisa la convocatoria aplicable antes de enviar documentación.
Fuentes oficiales consultadas
- Real Decreto 609/2026, bases reguladoras del Programa Auto+.
- Información y preguntas frecuentes del Ministerio de Industria y Turismo.
- Portal oficial de ayudas del Programa Auto+.
- Agencia Tributaria: deducción por instalar infraestructura de recarga.
Este artículo tiene finalidad informativa y no constituye asesoramiento. Los programas de ayudas cambian y sus convocatorias tienen plazos y presupuestos limitados. Consulta la información oficial del IDAE, del Ministerio de Industria y Turismo y de tu comunidad autónoma antes de tomar decisiones.

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