Si vives en un edificio con garaje comunitario, el único trámite que necesitas hacer con la comunidad para instalar tu punto de recarga es notificar tu intención por escrito. No tienes que pedir permiso ni esperar a una votación: basta con informar. En esta guía te explicamos, paso a paso, cómo hacer esa comunicación correctamente, qué debe incluir y te damos un modelo que puedes usar como base.

Revisión editorial: 9 de agosto de 2026. Contenido contrastado con fuentes primarias y revisado para separar hechos, supuestos y recomendaciones.

Por qué basta con notificar

La Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 17.5, reconoce tu derecho a instalar un punto de recarga en tu plaza de uso privativo con la única obligación de comunicarlo previamente al presidente o al administrador de la comunidad. No se necesita la aprobación de la junta. La notificación no es una petición de permiso, sino un aviso formal que, además, te protege dejando constancia de que actuaste correctamente.

¿Y si el edificio ya tiene preinstalación?

Conviene comprobarlo antes de empezar, porque puede ahorrarte trabajo. Desde hace años, los edificios de nueva construcción están obligados a incorporar una preinstalación de recarga en el garaje comunitario, precisamente para facilitar que cada propietario pueda montar después su punto sin grandes obras. Si tu edificio es relativamente reciente, es posible que esa infraestructura básica ya exista (canalizaciones, espacio en el cuarto de contadores, etc.), de modo que tu instalación se reduzca a conectar tu cargador. Pregunta al administrador o pide al instalador que lo verifique en la visita previa: si hay preinstalación, el proceso será más rápido y económico.

Paso 1: reúne la información necesaria

Antes de redactar, ten a mano los datos que darán solidez a tu comunicación: la empresa instaladora autorizada que hará el trabajo, un esquema sencillo del recorrido del cableado desde el cuarto de contadores hasta tu plaza, y la confirmación de que el cargador se conectará a tu contador (o a uno exclusivo a tu nombre). Con esta información, la comunidad verá que todo se hará en regla y sin afectar al suministro común.

Paso 2: qué debe incluir la comunicación

Aunque no existe un formato único obligatorio, una buena comunicación debería contener estos elementos:

  • Tus datos como propietario y la identificación de tu plaza de garaje.
  • La intención de instalar un punto de recarga para vehículo eléctrico en esa plaza.
  • La empresa instaladora autorizada que ejecutará la obra.
  • Una breve descripción o esquema del recorrido del cableado.
  • La declaración de que asumes íntegramente los costes de la instalación y del consumo eléctrico.
  • La confirmación de que no afectará al suministro común, al conectarse a tu contador.
  • La fecha prevista de inicio de los trabajos.

Un modelo de comunicación que puedes usar

Puedes adaptar este texto a tu caso concreto, rellenando los datos entre corchetes:

A la atención del Presidente / Administrador de la Comunidad de Propietarios de [dirección del edificio].

Yo, [nombre y apellidos], con DNI [número], propietario de la plaza de garaje número [número] del edificio, comunico mi intención de instalar un punto de recarga para vehículo eléctrico en dicha plaza de uso privativo, al amparo del artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal.

La instalación será realizada por la empresa autorizada [nombre del instalador] conforme a la normativa vigente. El cableado discurrirá desde [origen] hasta mi plaza, según el esquema que adjunto, y el punto de recarga se conectará a mi contador individual, de modo que el consumo correrá íntegramente de mi cuenta, sin afectar al suministro común.

Asumo todos los costes de la instalación. La fecha prevista de inicio de los trabajos es [fecha].

Quedo a su disposición para cualquier aclaración. Atentamente, [nombre, fecha y firma].

Este modelo es orientativo; adáptalo a tu situación y, si tienes dudas, apóyate en el administrador de fincas.

Paso 3: entrégala dejando constancia

Este punto es importante: la comunicación debe entregarse de forma que quede prueba de que la enviaste y de cuándo. Tienes varias opciones válidas: entregarla en mano pidiendo que te firmen una copia con la fecha, enviarla por correo certificado con acuse de recibo, o por un medio electrónico que deje registro. Conserva siempre tu copia sellada o el justificante: será tu respaldo si en el futuro surge cualquier discrepancia.

Cuándo conviene enviar la comunicación

Cuanto antes, mejor. Enviar la comunicación en una fase temprana del proceso tiene una ventaja práctica: si existe un periodo de preaviso, ese plazo irá corriendo mientras tú preparas el resto (presupuesto, fecha de obra, gestiones con el instalador). Así, cuando todo esté listo, no tendrás que esperar. Adelantar este trámite es una de las formas más sencillas de que la instalación no se demore.

Paso 4: qué pasa después

Una vez entregada la comunicación, en muchos casos puede establecerse un periodo de preaviso antes de iniciar la obra, durante el cual la comunidad queda informada. Transcurrido ese plazo sin objeciones formales fundamentadas, el instalador puede ejecutar los trabajos, emitir el certificado y dejar la instalación legalizada. Recuerda que la comunidad no tiene que aprobar nada: el plazo es para que esté al corriente, no para que decida.

Errores que conviene evitar al notificar

  • Avisar de palabra: una comunicación verbal no deja constancia. Hazla siempre por escrito y con justificante.
  • Omitir que el consumo va a tu contador: es el dato que más tranquiliza; no lo dejes fuera.
  • Plantearlo como una petición de permiso: no necesitas que te aprueben nada; estás informando de un derecho que ya tienes.
  • No guardar la copia: sin tu justificante sellado, pierdes tu mejor respaldo ante cualquier discrepancia.

Consejos para que salga bien

  • Sé claro y completo: cuanta más información aportes, menos margen habrá para dudas o recelos.
  • Destaca que el consumo va a tu contador: es lo que más tranquiliza a los vecinos.
  • Mantén un tono cordial: presentar la instalación como algo positivo facilita el buen ambiente.
  • Apóyate en el administrador: puede ayudarte a canalizar la comunicación correctamente.

Con estos pasos, notificar a tu comunidad es un trámite sencillo. En la práctica, la mayoría de las comunicaciones se resuelven sin incidencias: un escrito claro y entregado con constancia suele ser todo lo que hace falta para seguir adelante con tranquilidad. Si quieres saber qué puede y qué no puede hacer la comunidad, consulta nuestra guía sobre si la comunidad puede prohibir el cargador, y para el proceso completo, la de instalar en comunidad de vecinos.

Cómo se ha revisado esta guía

El modelo de comunicación se presenta como aviso previo, no como solicitud de permiso, cuando se cumplen las condiciones del artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal. Las cifras son orientativas y debes sustituirlas por los datos de tu vehículo, contrato, vivienda o convocatoria. Cuando existe una norma, manual o condición contractual aplicable, esa fuente prevalece sobre cualquier resumen divulgativo.

Referencias primarias y herramientas de comprobación

Preguntas frecuentes

¿A quién tengo que notificar la instalación?

Al presidente o al administrador de la comunidad de propietarios. La comunicación se dirige a ellos como representantes de la comunidad, y basta con informar de tu intención de instalar el punto de recarga en tu plaza privativa.

¿Tengo que esperar respuesta de la comunidad?

No necesitas su aprobación. Puede haber un periodo de preaviso para que la comunidad quede informada, pero transcurrido ese plazo sin objeciones fundamentadas puedes proceder. La notificación es un aviso, no una solicitud de permiso.

¿Cómo debo entregar la comunicación?

De una forma que deje constancia de la entrega y la fecha: en mano con copia firmada, por correo certificado con acuse de recibo o por un medio electrónico que registre el envío. Guarda siempre tu justificante como respaldo.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado y revisado por Daniel Bellido Pérez, editor de Punto Recarga Hogar. La información se contrasta con normativa, organismos públicos y documentación técnica. Consulta nuestra política editorial y proceso de correcciones.


Este artículo y el modelo que incluye tienen finalidad informativa y no constituyen asesoramiento legal. Adapta la comunicación a tu caso y consulta con el administrador de fincas si lo necesitas.

⚠️ Aviso de seguridad e instalación. La instalación de un punto de recarga debe realizarla siempre un instalador eléctrico autorizado. En España se rige por el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT, Real Decreto 842/2002) y la instrucción ITC-BT-52 «Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos» (Real Decreto 1053/2014); el instalador debe entregarte la memoria técnica y el certificado de instalación eléctrica (CIE). Este artículo es informativo y no sustituye el criterio de un profesional cualificado. Fuente: BOE. Última revisión: julio de 2026.

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Daniel Bellido Pérez
Daniel Bellido Pérez es creador y editor de Punto Recarga Hogar, un proyecto independiente de divulgación sobre recarga doméstica, movilidad eléctrica y eficiencia energética. Investiga y contrasta cada guía con normativa, organismos públicos y documentación técnica de fabricantes. No realiza instalaciones eléctricas ni vende cargadores: su trabajo consiste en ordenar la información, explicar sus límites y ayudar al lector a tomar decisiones informadas. Los contenidos técnicos, fiscales y legales se revisan periódicamente y remiten siempre a la fuente primaria aplicable.

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